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TSJ declaró inadmisible solicitud para reformar Ley de Costos y Precios Justos PDF Imprimir E-mail
Política
Miércoles, 16 de Mayo de 2012 05:31
  • TSJ declaró inadmisible la demanda por protección de intereses difusos y colectivos.
  • Los demandantes interpusieron la acción por “la seguridad alimentaria”.
  • La ley defiende a los consumidores (protegiendo su ingreso) y a las pymes.

Ley de Costos y Precios Justos

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) a través de su Sala Constitucional, declaró inadmisible la demanda por protección de intereses difusos y colectivos interpuesta para reformar la Ley de Costos y Precios Justos.

Los demandantes interpusieron la acción por “la seguridad alimentaria” según esgrimieron en el escrito presentado ante la Sala del Alto Juzgado.

La demanda contiene pretensiones de distinta naturaleza, las cuales se excluyen entre sí, ya que por una parte se pretende instar a diversos órganos del Estado en la adopción de medidas en materia de seguridad alimentaria dirigidas a racionalizar su presencia, y por otra, solicitan que se ordene al Ejecutivo Nacional y a la Asamblea Nacional la reforma de la Ley de Costos y Precios Justos y la revisión de la Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios, según explica la resolución.

Recordó la Sala Constitucional que el artículo 150, numeral 1, de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, establece que es inadmisible una demanda "cuando se acumulen demandas o pretensiones que se excluyan mutuamente o cuyos procedimientos sean incompatibles".

Cabe destacar que en muchos sectores de la economía venezolana la base de la acumulación de capital se materializa en elevados márgenes de ganancia que implica el alza constante de precios. Por tal motivo, la nueva Ley de Costos y Precios Justos establece las regulaciones, mecanismos de administración y control, para mantener la estabilidad de precios y propiciar el acceso a los bienes y servicios a toda la población en igualdad de condiciones.

La Ley defiende a los consumidores (protegiendo su salario) pero también a los pequeños y medianos empresarios, pues va acorde con los principios económicos establecidos en la Constitución, basados en el desarrollo socioproductivo, la equidad, el dinamismo y la simplicidad administrativa. En contraparte, va directamente contra el usurero y el especulador, a quienes se sanciona con multas, inhabilitación o cierre temporal.

No es un dato menor el rechazo de algunos sectores al reconocimiento que hace la Ley de Costos y Precios Justos de los consejos comunales y otras agrupaciones sociales organizadas, responde al miedo que los especuladores y sus jefes políticos le tienen al pueblo.

FIN/SUNDECOP/ER

 

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